Esta normativa señala que los menores tienen derecho a protección del Estado, de las familias y de la sociedad, contra
la explotación económica y laboral que
pueda entorpecer su educación, que implique peligro a su dignidad y desarrollo.
Se fija como edad mínima para trabajar catorce años, y excepcionalmente las Defensorías de la Niñez y Adolescencia podrán
autorizar la actividad laboral por cuenta propia realizada por niños o
adolescentes de 10 a 14 años, la actividad laboral por cuenta ajena de
adolescentes por su parte sería de 12 a 14 años, en ambos casos siempre que éstas no menoscaben su derecho a la
educación.
Los padres o tutores deben garantizar al
niño y adolescente trabajador el acceso y permanencia en el sistema educativo,
un horario especial y las condiciones necesarias para el descanso, la cultura y
el esparcimiento.
Se sancionará con pena de presidio de 30
años, sin derecho a indulto, a quien mate a una niña o un niño desde su nacimiento
hasta sus 12 años. El Código establece que el adolescente que incurra en delitos, responderá por el hecho de forma
diferenciada del adulto. Serán
imputables a partir de 14 años y menores
de 18 años,
La polémica surge en la edad mínima de
trabajo, pese a que es en casos excepcionales no deja de ser penoso tener a nuestros niños trabajando. Con este nuevo código se vulnera los convenios internacionales que
buscan impulsar la erradicación del trabajo infantil y fijan 14 años límite de edad.
La normativa internacional básica, los
convenios de la OIT (138), establecen la edad mínima de trabajo en los 15 años;
países en vías de desarrollo y con malas
condiciones educación pueden bajar un año. Ateniéndonos a esa excepción,
se bajó la edad de 15 a 14 años. Además,
está el convenio 82, que establece las peores formas de trabajo infantil.
El trabajo infantil
en Bolivia tiene dos realidades el mundo rural y el mundo urbano. El mundo
rural es el niño vinculado por tradición cultural en los trabajos agropecuarios
ayudando a sus padres. En la región minera de Bolivia el niño suele ser vinculado al trabajo de la minería, también por tradición cultural
familiar que se transmite de generación en generación (El padre trabaja en la
actividad minera y utiliza al hijo adolescente como ayudante, el niño hace
encargado de llevar comida para el padre y hermano adolescente).
También en otras regiones urbanas, también se observan los adolescentes en especial épocas de vacaciones, en los supermercados junto a la cajera embolsando las compras de los clientes, envolviendo regalos, niños que venden dulces, lustran botas, limpian parabrisas entre otros.
También en otras regiones urbanas, también se observan los adolescentes en especial épocas de vacaciones, en los supermercados junto a la cajera embolsando las compras de los clientes, envolviendo regalos, niños que venden dulces, lustran botas, limpian parabrisas entre otros.
Con seguridad a partir de esta promulgación
vamos a ver a más niños trabajando, lo que es una realidad lamentable.
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